Programa Paisano es un instrumento permanente del Gobierno de la República, para establecer políticas, estrategias y acciones preventivas y de orientación que cumplan con todas las acciones de las dependencias e instituciones para que garanticen el ingreso, tránsito y salida de visitantes a México, con absoluta garantía de sus derechos y seguridad de los bienes y de la persona, así como el pleno conocimiento de sus obligaciones de la misma.
Ofrece atención, información, orientación y recepción de quejas para fortalecer la cultura de servicio para erradicar prácticas de corrupción y maltrato.
Teléfonos gratuitos del Programa Paisano, con atención los 365 días del año:
Desde E.U.A. y Canadá: 1 877 210 9469
Desde México: 01 800 201 8542
Internet y correo electrónico: www.paisano.gob.mx atencionpaisano@inami.gob.mx
El periodo del Programa Paisano para el ejercicio 2015, será el siguiente:
Semana Santa: 13 de marzo al 13 de abril de 2015.
Verano: 12 de junio al 17 de agosto de 2015.
Invierno: 1 de noviembre de 2015 al 8 de enero de 2016.
Información sobre la franquicia aduanal.
Ahora puedes traer contigo mercancía hasta con un valor de 500 dólares sin pagar impuestos, adicional a tu equipaje personal, únicamente en temporada vacacional; el resto del año, la franquicia es de 300 dólares.
Medio de Transporte en que ingresa el pasajero Monto de la franquicia Periodo de aplicación
Vía terrestre 300 dólares Todo el año
500 dólares En los periodos que correspondan al Programa Paisano (Semana Santa, verano e invierno) únicamente los pasajeros de nacionalidad mexicana provenientes del extranjero que ingresen al país por vía terrestre, con excepción de las personas residentes en la franja o región fronteriza.
Vía aérea o marítima 500 dólares Todo el año
La franquicia a la que tiene derecho cada integrante de la familia puede acumularse si viajan juntos en el mismo medio de transporte, excepto si eres residente de la franja o región fronteriza.
Puedes demostrar el valor de las mercancías que forman parte de la franquicia con facturas o comprobantes de venta. Si no los tienes, el personal de la aduana puede determinar el valor de la mercancía.
Con tu franquicia no puedes introducir:
Bebidas alcohólicas.
Tabacos labrados.
Combustible automotriz, salvo el que se contenga en el tanque de combustible de tu vehículo.
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