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Nueva prórroga al Acuerdo de Restricción Fronteriza

Mensaje de Edgar Ramírez, DHS

Soy Edgar Ramírez, Agregado del Departamento de Seguridad Nacional en la Embajada de Estados Unidos en México. La amenaza a la salud de América del Norte que significa la epidemia del Covid-19 no ha amainado. Por este motivo los Estados Unidos y México han acordado prorrogar una vez más el Acuerdo de Restricción Fronteriza. La prórroga significa que el gobierno de Estados Unidos continuará restringiendo los viajes no esenciales que crucen nuestra frontera compartida con el fin de frenar la propagación del coronavirus. Los ciudadanos mexicanos y estadounidenses deben evitar los cruces fronterizos a menos que el propósito sea considerado esencial. Si desea más información respecto a lo que constituye un viaje esencial, visite el sitio web de CBP.

Por favor tenga en cuenta que los gobiernos de Estados Unidos y México prorrogaron la restricción a los viajes por lo menos otros 30 días después del 22 de junio.

Y recuerde: una pandemia global NO es el momento para ir de compras, de paseo o a visitar a la familia del otro de la frontera. Hacer eso corre el riesgo de contaminar con el virus a nuestros dos países. Quédese en casa y manténgase a salvo.

Fuente: Embajada de los Estados Unidos en México

Tras revisar el desarrollo de la propagación del virus COVID-19 en México y Estados Unidos, ambos gobiernos acordaron extender 30 días más, hasta el 21 de julio, las restricciones al tránsito terrestre “no esencial” en su frontera común.

Las restricciones continuarán en los mismos términos en que se han desarrollado desde su implementación el 21 de marzo. Ambos países continuarán buscando coordinar las medidas sanitarias en la región fronteriza.

¿Quién es considerado un viajero “esencial”?

  • Ciudadanos y residentes legales permanentes que regresan a Estados Unidos.
  • Personas que viajan con fines médicos (por ejemplo, para recibir tratamiento médico en Estados Unidos).
  • Individuos que viajan para asistir a instituciones educativas.
  • Personas que viajan para trabajar en Estados Unidos (por ejemplo, personas que trabajan en la industria agrícola que deben viajar entreEstados Unidos y Canadá o México para promover dicho trabajo).
  • Personas que viajan con fines de respuesta a emergencias y de salud pública (por ejemplo, funcionarios del gobierno o personal de emergencias que ingresan a Estados Unidos para apoyar los esfuerzos del gobierno federal, estatal, local, tribal o territorial pararesponder a COVID-19 u otras emergencias).
  • Personas involucradas en el comercio transfronterizo legal (porejemplo, conductores de camiones que apoyan el movimiento de carga entre Estados Unidos, Canadá y México).

• Personas involucradas en viajes u operaciones relacionadas con el ejército.

México se está coordinando estrechamente con Estados Unidos y Canadá para proteger a los ciudadanos y minimizar los impactos económicos adversos.

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