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Lo Mejor De Dos Mundos

El gobernador Ducey emite declaración de
emergencia a nivel estatal, el toque de queda
comienza esta noche

La declaración también autoriza una movilización ampliada
de la Guardia Nacional
PHOENIX – El Gobernador Doug Ducey emitió hoy una
Declaración de Emergencia a nivel estatal, que incluye el toque de
queda a partir de las 8:00 p.m. esta noche. El toque de queda
está vigente desde las 8:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. y vencerá el
lunes 8 de junio a las 5:00 a.m. a menos que se tenga que
extender más.
“A pedido de los líderes locales y en coordinación con las fuerzas
del orden público estatales y locales, estoy emitiendo una
Declaración de emergencia y toque de queda a nivel estatal a
partir de las 8:00 p.m. esta noche y efectivo por una semana “,
dijo el gobernador Ducey. “Esto le da a la policía una herramienta
adicional para prevenir la ilegalidad que estamos viviendo aquí y
en ciudades de todo el país. La policía estará equipada para

realizar arrestos de personas que planean amotinarse, saquear o
causar daños y disturbios. La declaración de hoy también autoriza
una movilización ampliada de la Guardia Nacional para proteger la
vida y la propiedad en todo el estado. Nuestra oficina continuará
comunicándose con la policía local para proporcionar todos los
recursos que podamos “.

Durante las horas de toque de queda, se prohíbe a todas las personas usar, pararse, sentarse, viajar o estar presentes en cualquier calle pública o en cualquier lugar público, incluso con el propósito de viajar, con las siguientes excepciones:

  1. Toda la policía, bomberos, paramédicos u otro personal médico, la Guardia Nacional, así como cualquier otro personal de respuesta a emergencias autorizado por el Estado de Arizona y miembros acreditados de los medios de comunicación.

Individuos que viajan directamente hacia y desde el trabajo; asistir a servicios religiosos; servicios comerciales de camiones y entregas; obtener comida; cuidar a un familiar, amigo o animal; patrocinar u operar negocios privados; buscando atención médica o huyendo de circunstancias peligrosas; y/o viajar por cualquiera de los servicios anteriores.

Para los propósitos de esta orden, “viajar” incluye, sin limitación, viajar a pie, bicicleta, patineta, scooter, motocicleta, automóvil o transporte público, o cualquier otro modo de transportar a una persona de un lugar a otro.

2. Para los propósitos de esta orden, “lugar público” significa cualquier lugar, ya sea en propiedad privada o pública, accesible al público en general, incluyendo, entre otros, calles y caminos públicos, callejones, autopistas, calzadas, aceras, parques, lotes baldíos y propiedades sin supervisión.

3. Para los propósitos de esta orden, “atención exenta” significa los servicios médicos necesarios para el individuo o familiar de un individuo.

La violación de esta orden es un delito menor de Clase 1 de conformidad con A.R.S. § 26-317 y se castiga con hasta seis (6) meses de cárcel y una multa de $ 2500 además de cualquier otra violación bajo el Título 13

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