Arizona Bilingual News

The Best Of Two Worlds

SOBRE IMPUESTOS: CÓNYUGE PERJUDICADO Y CÓNYUGE INOCENTE Por: Lupita Shestko-Montiel, AZCLDP, RTRP

lupita shestkoEl dilema de declarar los impuestos ante un nuevo matrimonio, en el cual una parte recibe créditos por el ingreso y los hijos, y el otro cónyuge debe dinero al gobierno, es gran preocupación por parte del consorte que está acostumbrado a recibirlos.

Cónyuge Perjudicado: Este término se aplica al cónyuge que no debe nada al gobierno Federal.

Es cierto que el IRS puede retener el reembolso del matrimonio y pagar la deuda del cónyuge que debe impuestos, manutención infantil, pensión alimenticia al/la ex, las deudas de impuestos que son del gobierno federal, tales como préstamos estudiantiles, y ciertas multas, o por un reclamo de impuestos del gobierno estatal. Sin embargo, el cónyuge que no debe la deuda, podrá recibir la totalidad o una parte del reembolso mediante la presentación de una reclamación del cónyuge perjudicado(a).
Básicamente, para calificar para el reembolso, el cónyuge perjudicado(a) debe contar con ingresos, salarios, intereses tributables etc. y pagos de impuestos federales o con créditos reembolsables.

Excepción: Si el cónyuge perjudicado(a) tiene su casa principal en un estado con leyes de propiedad mancomunada, como lo es Arizona, no tiene que cumplir con esos requisitos para calificar para el reembolso, pero sí tendrá que someter su reclamo de cónyuge perjudicado(a).
El IRS calculará el reembolso, y para esto cuentan con una fórmula matemática. La obligación fiscal del cónyuge deudor y los pagos del cónyuge perjudicado se calcularán en base a las leyes del Estado de residencia de propiedad mancomunada, en este caso, Arizona. Advertencia: No todos los Estados tienen las mismas leyes.

Cónyuge Inocente: El término se aplica al cónyuge que no contaba con la información debida para la preparación de la declaración de impuestos, ni con la educación suficiente y/o no tenía el control de la situación.

Las cortes de impuestos han dicho que el cónyuge inocente tiene que comprobar que no sabía nada sobre las transacciones del cónyuge controlador, tanto como las del hogar como las de las finanzas. Aquí se tendrá que comprobar a ciencia cierta que le era imposible saber lo que el otro cónyuge reportaba en la declaración.
Sin embargo otros tribunales han dispensado a los contribuyentes inocentes, los que sí sabían acerca de las transacciones pero sufrían de penuria física y económica.
Excepción: El contribuyente afectado que sí sabía o tenía razones para saber, salvo el abuso o el control restrictivo sobre las finanzas del hogar por su cónyuge, temía a represalias si tocaba el tema con el esposo(a). También se considera si el contribuyente afectado estaba mal de salud física o mental, si los cónyuges ya no están casados, o si se separaron legalmente y/o han vivido separados por más de 12 meses.

Tenemos la experiencia y el conocimiento de estas leyes. Permítanos asistirles con respeto y confidencialidad. Márquenos para una cita al (520) 882-0212, también puede pasar a nuestra oficina en el 648 N Stone o visite nuestra página: www.lupitashestko-montiel.com

Lupita Shestko-Montiel, AZCLDP, RTRP
Acreditada para la Preparación de Documentos Legales en Arizona
Acreditada para la Preparación de Impuestos por el IRS

Share this: